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jueves, 31 de enero de 2013

Nuevo baremo de las indemnizaciones por accidente laboral

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha establecido el nuevo baremo de las cuantías de las indemnizaciones por accidente laboral. Según recoge el BOE de ayer miércoles 30 de enero de 2013, las cuantías contemplan un aumento del 19,7% conforme a la evolución del IPC desde diciembre de 2004 hasta diciembre de 2011. La última actualización de dicho baremo se llevó a cabo en 1995.

Según establece la Ley General de la Seguridad Social, "aquellas lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo causadas por accidentes de trabajo", además de aquellas "enfermedades profesionales que no supongan una incapacidad permanente para el trabajador, pero sí una disminución o alteración de su integridad física" serán indemnizadas por una sola vez con una cantidad a tanto alzado. El pago debe realizarse por la entidad obligada al pago de las prestaciones de incapacidad permanente y, todo ello, sin perjuicio de que el trabajador continúe al servicio de la empresa".

La orden entra hoy en vigor y tendrá carácter retroactivo a 1 de enero de 2013. Ésta contempla indemnizaciones para órganos y partes de la cabeza y la cara, del aparato genital, de glándulas y vísceras, de miembros superiores e inferiores, y de otras cicatrices no incluidas en los apartados anteriores.

Algunos ejemplos de indeminizaciones son:
  • Pérdida de la nariz: 7.940 euros
  • Pérdida de dos orejas: 3.830 euros
  • Disminución de la agudeza visual en un ojo: entre 1.140 y 1.920 euros
  • Pérdida de un dedo: entre 500 y 2.870 euros
Todas las cuantías se encuentran establecidas en el BOE del 30 de enero de 2013: https://www.boe.es/boe/dias/2013/01/30/pdfs/BOE-A-2013-907.pdf

martes, 22 de enero de 2013

La Prevención de Riesgos Laborales en caso de embarazo o lactancia (I)



El sistema reproductivo de los hombres y mujeres es particularmente vulnerable a los potenciales efectos de la exposición a determinados factores. De hecho, estudios epidemiológicos realizados entre la población general evidencian que existe una disminución en la fertilidad masculina y femenina, cuyas principales causas están vinculadas a la exposición ambiental, laboral y los cambios en los estilos de vida.

Estos factores negativos para la salud pueden estar presentes en el lugar de trabajo y pueden afectar a la salud reproductiva de las mujeres y hombres expuestos, así como al producto de la gestación y la lactancia. Es por ello que debemos tener en cuenta qué aspectos pueden llegar a ser perjudiciales para tomar medidas en caso de que se sobrepasen los límites expuestos.

Pero, antes de explicar los factores que pueden afectar a la mujer (de los que hablaremos en la próxima publicación), debemos tener en cuenta tres términos diferentes amparados por la Directiva Europea 92/85/CEE pero que se resumen en una misma acción a seguir. En dicha Directiva se recoge que tanto las trabajadoras embarazadas, como las que han dado a luz o se encuentran en periodo de lactancia deben comunicárselo al empresario de acuerdo con la legislación vigente en el país en cuestión, junto a un informe médico que certifique su situación y los posibles riesgos que conlleva.

Una vez que se ha realizado la comunicación directamente por la trabajadora en cuestión o a través de un miembro del equipo (Delegado de Personal, miembro del Comité de Empresa o Delegado Sindical), la empresa deberá valorar –según el art. 26 de la Ley 31/1995 LPRL- los riesgos ante la reproducción, la maternidad y la lactancia natural, donde se evaluará si existe o no riesgo en el desempeño de su trabajo. En el caso de que exista algún riesgo, se adaptarán las condiciones o tiempo de trabajo e incluso, si fuera necesario, se valoraría la posibilidad de un cambio en el puesto de trabajo.

jueves, 17 de enero de 2013

Desciende hasta 526 el número de fallecidos por accidente laboral en 2012 respecto al año anterior



Los once primeros meses de 2012 se cobraron un total de 526 vidas a causa de accidentes laborales, según los últimos datos publicados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. En términos relativos supone un descenso del 17% respecto al año anterior, cuando fallecieron 109 personas más. El sector de la construcción concentra la mayor bajada, cercana a un 40%.

De esos 526 fallecidos, 418 tuvieron lugar durante la jornada de trabajo mientras que el resto (108) se produjeron “in itinere” (los que se producen en los trayectos entre el lugar de trabajo y casa).

El sector servicios fue el que concentró un mayor número de fallecimientos, 199 en total (-8,7%); seguido de la industria, con 97 accidentes mortales (-2%); la construcción acabó con la vida de 54 personas (-39,8%) y la agricultura 54, un 8,5% menos que entre enero y noviembre de 2011.

El informe incluye los accidentes que han afectado a los trabajadores del hogar acogidos al Régimen Especial de Empleados del Hogar de la Seguridad Social y también del nuevo sistema de empleados de hogar del Régimen General.

También descienden los accidentes laborales con baja, en concreto un 18,7% respecto al año anterior. Entre enero y noviembre de 2012 se registraron 430.751 accidentes laborales con baja, de los que 374.047 se produjeron en el lugar de trabajo y 56.704 “in itínere”. El sector servicios es el que aglutina un mayor número de bajas, seguido de la industria, construcción (la que más desciende) y sector agrario.

Al ser un avance mensual aún no se concretan cifras por Comunidades Autónomas. Los datos completos pueden ser consultados en el siguiente enlace: http://www.empleo.gob.es/estadisticas/eat/Eat12novAv/index.htm

miércoles, 9 de enero de 2013

El Govern presenta una guía para evitar accidentes laborales en el sector de la hostelería


 

La "Guía de Medicina del Trabajo en Hostelería" ha sido presentada publicamente ayer martes 8 de enero por la directora del SOIB Francesca Ramis. El texto pretende garantizar la seguridad laboral en este sector, uno de los más importantes en Baleares y que refleja mayor estacionalidad. Según Ramis, a pesar de que conseguir trabajo es "una necesidad evidente para miles de ciudadanos de Baleares", el empleo debe cumplir con los parámetros de seguridad y salud laboral necesarios.
En el sector de hostelería balear existen desde grandes cadenas hoteleras hasta pequeñas empresas con un número mínimo de empleados pero que, en cualquiera de los casos, deben tener en cuenta la importancia de la seguridad y la salud de sus empleados en el ámbito laboral.
Una guía que será, según el comunicado emitido, una herramienta didáctica, divulgativa y de consulta que mejorará en la prevención de riesgos laborales. Por su parte, el doctor de la Dirección General de Salud Laboral Rafael Palmer ha destacado que la lumbalgia es la principal dolencia que padecen los profesionales de la hostelería.
La guía ha sido editada por la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales en el sector de Hostelería de Baleares (FPHIB), que ha contado con la financiación del Govern balear. La guía indica cómo llevar a cabo las recomendaciones en prevención laboral para "garantizar una correcta gestión".
Para la FPHIB, la edición y distribución de esta guía supone "una perspectiva pionera" en el sector a nivel estatal y "una herramienta de utilidad única" para las empresas

Fuentes:
http://www.noticiasmallorca.es/noticias/Politica/2013/01/08/2432887.php
http://www.fecoht.ccoo.es/fecoht/menu.do?Inicio:472671
http://mallorcaconfidencial.com/20130108_99564-la-lumbalgia-es-la-principal-dolencia-que-padecen-los-profesionales-de-hosteleria.html